El 30 de junio, se celebra el día mundial de las redes sociales. Sin lugar a dudas, cada día juega un papel más importante en nuestras vidas. Podemos aprovechar oportunidades que nos brindan que hace unos años parecían imposibles, y a nivel profesional, son una gran herramienta para facilitar el alcance y conocimiento del producto o servicio que ofreces, pero ¿todo es positivo?
Las redes sociales, se han convertido en una verdadera arma arrojadiza para aquellos padres y madres divorciados, que hacen uso de estos medios exponiendo a los menores.
Partimos de la base, que lo primordial es proteger y velar siempre por el interés del menor, y no someterlos a una sobre exposición que pueda perjudicarle.
Sin embargo, todo esto se complica, cuando se trata de padres y madres divorciados, que toman como arma arrojadiza este argumento para atacar al otro progenitor.
En los últimos años, y debido a la casuística dada en los tribunales, cada vez es más común incluir cláusulas en los convenios reguladores, donde se establezca el consentimiento de ambos progenitores para la publicación de fotografías o vídeos de los mismos en redes sociales. A veces, incluso se especifica, que se extiende esta obligación a las parejas de los progenitores, ya que, muchas veces, todo estalla cuando es la pareja de uno de los progenitores la que publica la imagen del menor.
En resumidas cuentas, y para aquellos y aquellas que se encuentren en esta situación, la doctrina que se aplica en los juzgados de familia, es establecer el consentimiento de ambos progenitores para poder publicar, ya que en el caso de que uno quiera, y el otro no, prevalece la negativa, ante la intención de publicar.
Para cualquier consulta, ponte en contacto con nosotros, ya que contamos con especialistas en materia de familia, que te asesorarán en todas estas cuestiones.